Las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria por personas adultas tienen la finalidad de
permitirles la adquisición de las competencias básicas, los objetivos y
los conocimientos de esta etapa y la obtención del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria y están dirigidas al mismo tipo de
personas que las Enseñanzas Iniciales.
Las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria por personas adultas podrán impartirse en el
régimen presencial, semipresencial y en el de distancia. Los alumnos de
dichos regímenes serán considerados alumnos oficiales a todos los
efectos.
Se organizan en dos niveles, nivel I y nivel II, de treinta y cinco semanas de duración cada uno durante un año académico.
En cada nivel se cursarán tres ámbitos: ámbito
científico-tecnológico, ámbito de comunicación y ámbito social,
integrados por módulos relacionados con las materias que los
constituyen.
Las personas que presenten documentación académica acreditativa de
estudios reglados realizados con anterioridad se incorporarán al nivel
correspondiente según lo establecido en el Anexo III de la ORDEN
1255/2017, de 21 de abril (BOCM de 16 de mayo).
La adscripción a un nivel determinado de cada uno de los ámbitos de
conocimiento de las personas que no aporten documentación académica
acreditativa se determinará, tanto en el régimen presencial como a
distancia, previamente a la matrícula, mediante una prueba de valoración
inicial del alumnado (VIA).
Una vez superados los dos niveles que conforman las enseñanzas que
conducen a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, se podrá acceder a:
- Bachillerato.
- Formación profesional de grado medio.
- Ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño.
- Enseñanzas deportivas de grado medio.
- Mundo laboral.
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